Seguridad en el trabajo…
Jueves, 24 de abril de 2008
En Pymes y autónomos cuentan que en la seguridad en el trabajo también cuenta el trabajador para minimizar los riesgos laborales:
La Ley 31/1.995 de Prevención de Riesgos Laborales establece la obligación por parte de la empresa de tomar las medidas oportunas para garantizar la protección adecuada a sus trabajadores durante el desempeño de su trabajo.

Además de las anteriores obligaciones por parte de la empresa, el trabajador también tiene obligaciones:
- Utilizar y cuidar correctamente los equipos de protección individual.
- Colocar el equipo de protección individual después de su utilización en el lugar indicado para ello.
- Informar de inmediato a su superior jerárquico directo de cualquier defecto, anomalÃa o daño apreciado en el equipo de protección individual utilizado que, a su juicio, pueda entrañar una pérdida de su eficacia protectora.
En conclusión, no basta con entregar las medidas de seguridad si el trabajador no se responsabiliza y no hace uso de ellas.










eso es una verguenza ojala k lo agarre la policia pa k se enteren
Esto si que es seguridad laboral, en España vamos de culo viendo esto.
Vamos en el vagón de cola en segurudad y Prevención.
Por Favor mas Formación para Trabajos en Altura y mas EPIS.
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